domingo, 9 de septiembre de 2012

Consejo de Delegados de Comunidades Aborígenes del Pueblo Ocloya - Jujuy

Reforma del Código Civil y Comercial - Audiencias en Tucumán.

Moderador.- Tiene la palabra el señor Néstor Jerez, por el Consejo del Pueblo Ocloya.

Sr. Jerez.- Buenas tardes, autoridades. Buenas tardes hermanos, miembros de los pueblos originarios hoy presentes acompañándonos. Buenas tardes señores legisladores de la comisión bicameral. Voy a compartir mi exposición con la abogada Noelia Cruz, asesora jurídica del Consejo de Delegados de Comunidades Aborígenes del Pueblo Ocloya.
En primer lugar, dejo expuesta la necesidad de que se contemple una audiencia especial para los pueblos originarios, principalmente en Salta y Jujuy, teniendo en cuenta la amplia diversidad de la población indígena en ese territorio, donde obviamente una consulta como ésta y con el tiempo limitado que tenemos, no alcanza para expresar toda nuestra postura en lo que tiene que ver con nuestros derechos reconocidos y adquiridos a través de la Constitución Nacional y los convenios internacionales como el Convenio 169 de la OIT, que la Argentina ratifica y al que adhiere a través de la ley 24.701.
Como miembro del Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios, acompañamos y participamos activamente de la reforma, actualización y unificación de los Códigos Civil y Comercial de la Nación, ya que por primera vez en la historia del Estado se están dando pasos para reglamentar nuestros derechos preexistentes reconocidos en la Constitución Nacional y en el convenio 169 de la OIT.
El Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios es un espacio de encuentro y articulación política que nuclea a más de 45 organizaciones territoriales de más de 26 pueblos originarios con presencia en 20 provincias argentinas. Levantamos como bandera la reivindicación y visibilización de la diversidad y culturas presentes en los territorios y la defensa de los mismos. Creemos que esto es posible, avanzando hacia una reglamentación e implementación de nuestros derechos, aquellos por los que luchamos desde hace tanto tiempo.
Hablar de territorios y de propiedad comunitaria indígena profundiza conceptos ancestrales de un concepto diferente de ideas y acciones colectivas, que no tuvo oportunidad de ser desarrollado frente a la violencia y la incomprensión de la elite gobernante agroexportadora de fines del siglo XIX, en el denominado período de la consolidación del Estado argentino.
En esta línea, desde el ENOTPO ya nos hemos pronunciado en otras oportunidades en relación con la participación y el compromiso de los pueblos originarios en la gesta emancipadora encabezada por San Martín y Belgrano. Es por esto que distinguir al Código Civil de Vélez Sarsfield como una sofisticada y fina herramienta de negación de la diversidad cultural, de materialización simbólica del triunfo de un sistema opresor de ideas centrado en el individuo y la propiedad privada no es atacar al Estado sino visibilizar la oportunidad histórica de reparar y restituir derechos a los miles de anónimos partícipes de la liberación de los pueblos.
La lucha por la implementación de nuestros derechos reconocidos en la Constitución Nacional lleva ya muchos años. Es tiempo de comenzar a reparar esta deuda histórica para con los pueblos originarios.
La propuesta de inclusión del derecho indígena en el proyecto de reforma, actualización y unificación de los códigos Civil y Comercial de la Nación impulsado por el gobierno es una oportunidad para romper con el paradigma individualista del derecho occidental de esencia grecorromana, y de incorporar pautas propias de los pueblos originarios, reparando el camino hacia un nuevo paradigma social que se base en la interculturalidad y la complementariedad.
El nuevo Código que surja del presente debate y de una futura ley de propiedad comunitaria indígena contemplada en el anteproyecto elaborado a partir del decreto presidencial 700/2010 deberán complementarse como instrumentos legales fundamentales que garanticen la aplicación plena y efectiva del derecho indígena a la posesión y propiedad comunitaria de sus territorios.
Apelamos a la sabiduría, la madurez y el compromiso de cada uno de los sectores para dar una discusión plena de valores que permitan que el proceso de reforma de los Códigos Civil y Comercial nos contemple a todos y a todas, y que la inclusión de la propiedad comunitaria indígena tenga pleno alcance de los derechos establecidos en los estándares nacionales e internacionales.
Hoy los pueblos originarios unidos y organizados en el Encuentro Nacional de Organizaciones Territoriales de Pueblos Originarios entendemos que es el tiempo de alcanzar los procesos colectivos de organización, identidad y unidad; avanzar junto a todas las organizaciones sociales y políticas del país hacia un Estado que recupera soberanía y se reconstruye desde su pluriculturalidad.
Somos un espacio propositivo pero no renunciamos a los derechos reconocidos, adquiridos a través de la lucha, el sufrimiento y el derramamiento de sangre de nuestros ancestros. Hoy no podemos ser cómplices ni traidores al avalar que se nos minimicen los derechos. Lo que queremos que entiendan es que somos pueblos preexistentes reconocidos. Tenemos derechos colectivos y no somos una ONG o una asociación civil.
También queremos decirles que nuestros legisladores de la comisión bicameral están en un momento histórico al quedar en la historia como próceres, entre los cuales tenemos a Belgrano, San Martín, Castelli, Dorrego, que han levantado la bandera de la igualdad, de la “patria grande”, del reconocimiento de la diversidad y del reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas.
En ese marco, sabemos que no podemos tapar ni negar más la verdadera historia. Sabemos que la historia la han escrito los Sarmiento, los Roca, los Mitre, esa historia escrita desde la negación, la discriminación, el racismo y el miramiento hacia un solo modelo, como es el occidental.
Hoy tenemos que decir que en Argentina convivimos más de 35 pueblos preexistentes, con nuestras propias pautas culturales, nuestra propia cosmovisión. Ese es el desafío, que hoy por hoy tenemos que entender que convivimos en un Estado pluricultural, donde nuestra propuesta obviamente es la propuesta de políticas públicas de interculturalidad.
También quiero decir que en el transcurso de este espacio que es el Encuentro Nacional que se inicia en 2009 hemos elaborado un documento denominado Pacto del Bicentenario entre los Pueblos Originarios y el Estado Argentino, que ha sido presentado el 20 de mayo de 2010 a la presidenta, quien en 2010 también anuncia el decreto 700/2010, que habla de la instrumentación y elaboración del anteproyecto de propiedad comunitaria indígena.
Así llegamos al 9 de julio de 2011 y 9 de julio de 2012, donde se empiezan a descubrir actas escritas en idiomas originarios, en ese caso al momento de la creación de la independencia, donde decimos que los pueblos originarios hemos tenido mucho que ver en la construcción de este Estado nuevo.
Para ir cerrando y dando la palabra a la abogada…

Moderador.- Se acabó su tiempo.

Sr. Jerez.- Entonces, vamos a hacer entrega de nuestra fundamentación, con todo el detalle de los artículos, para que la comisión bicameral lo tenga en consideración.
Obviamente está en manos de la comisión bicameral la definición que van a tomar, en este caso, al darnos la propiedad comunitaria indígena y lo que tiene que ver con nuestros derechos reconocidos y adquiridos por lo que hoy es Argentina. Muchas gracias. (Aplausos.)
http://ccycn.congreso.gov.ar/versiones/2012-06-09.html

No hay comentarios:

Publicar un comentario